Reparto de vacaciones de hijos de padres separados
16/12/2024
El reparto de vacaciones de hijos de padres separados es un tema recurrente a lo largo del año. Las parejas que ya no forman vínculo matrimonial deben llegar a un acuerdo, sobre todo por el bienestar de los hijos. La cuestión siempre aparece de cara a las vacaciones de verano y también para las vacaciones de Navidad.
Está claro que el reparto de vacaciones puede provocar desencuentros y alguna discusión. Sin embargo, hay sistemas para lograr un entendimiento que favorezca a los menores y permita un disfrute de su compañía por ambos progenitores. En este post vamos a hablar sobre cómo abordar ese reparto de vacaciones de hijos de padres separados.
Es evidente que la custodia compartida facilita mucho los posibles acuerdos. También se puede consensuar la elección de periodos como ocurre durante el curso escolar.
Si el divorcio ha sido amistoso el reparto de vacaciones de verano y Navidad siempre será mucho más sencillo. Seguramente, ya estará firmado en el convenio regulador donde figura los acuerdos de custodia compartida. En el caso de los contenciosos, habrá que repasar la sentencia de separación o divorcio.
¿Qué periodo ocupan las vacaciones de hijos de padres separados?
Normalmente, se entiende como periodo vacacional estival aquel que transcurre desde el primer día no lectivo del mes de junio hasta el último día de vacaciones del mes de septiembre.
De todas formas, muchas parejas establecen en el acuerdo que los meses de vacaciones son solo julio y agosto. Los días de junio y septiembre que no son lectivos, se consideran regidos por el régimen ordinario de visitas y custodia del resto de año.
¿Cuál es el sistema de reparto más habitual?
Nuestra experiencia como abogados de familia nos ha permitido constatar cuál es el reparto más común de las vacaciones de padres separados. Si en ese periodo solo se incluyen los meses de julio agosto, es el siguiente.
- Se acuerda entre los progenitores considerar vacaciones solo los meses de julio y agosto.
- Se divide cada mes en las 2 quincenas que contiene.
- Los hijos pasan una quincena del mes con un progenitor y la siguiente con el otro.
- Después, se debe acordar quién dispone de la primera quincena y a partir de ahí se alternan. Para ello se puede acordar que la madre sea la primera en los años pares y el padre en los impares.
- De esa manera, los progenitores sabrán con mucha antelación cuándo disfrutarán de las vacaciones con sus hijos. Eso les permitirá solicitar las fechas en el trabajo y organizar las posibles salidas. De igual manera, los niños también sabrán qué periodo pasarán con cada progenitor.
- Conviene recordar que en el caso de que los hijos sean bebés o menores de 2 años lo más aconsejable es que los periodos no extiendan durante más de 3 días. A esas edades tan tempranas el contacto con ambos progenitores debe ser mucho más frecuente por la salud y el bienestar del pequeño o pequeña.
Es evidente, que, si hay una relación cordial entre los progenitores, los periodos y fechas siempre pueden cambiarse previo acuerdo. Y es interesante que ese consenso puntual se refleje por escrito, aunque sea solo con el envío de un correo electrónico.
De todas formas, independientemente de los posibles cambios, siempre es interesante que el convenio regulador recoja las normas de base que deben cumplirse.
¿Es mejor repartir quincenas que meses enteros?
La mayoría de expertos en la atención a menores confirma que sí. Siempre que sea posible, no es aconsejable que los niños pasen un mes entero sin ver al otro progenitor. En ese sentido, los periodos de vacaciones quincenales facilitan un contacto más frecuente que beneficia a los hijos y también a los padres.
Sin embargo, como en todo, es recomendable aplicar el sentido común. Si uno de los progenitores vive muy lejos del otro, tampoco es recomendable que el niño esté sometido a largos desplazamientos con frecuencia. En esos casos, tal vez es mejor apostar por periodos de un mes.
¿Qué ocurre con el régimen de visitas y la pensión alimenticia?
Cuando se procede al reparto de vacaciones de hijos de padres divorciados se entiende que el régimen de visitas se suspende durante ese periodo vacacional. De todas formas, es recomendable que los niños sigan teniendo contacto con el otro progenitor. Ya sea a través de teléfono, videollamada o correo. Siempre es beneficioso para el menor poder contar dónde está, qué está haciendo y cómo se lo está pasando.
Respecto al pago de la pensión alimenticia es importante saber que no debe suspenderse. Hay que desterrar esa idea de que “como el niño está conmigo, no tengo que pasar la pensión”. No es así, porque el acuerdo económico recoge que se hagan las aportaciones durante todo el año.
Así pues, sí se suspende el régimen de visitas y no se suspende el pago de la pensión alimenticia. Una vez terminado el periodo de verano o Navidad, se recupera el régimen de visitas tras las vacaciones
Fijar horas y lugares de encuentro
Por último, queremos hacer hincapié en la cuestión de los encuentros. Siempre es conveniente dejar por escrito dónde y cuándo tendrán lugar para que los niños inicien el periodo vacacional con el otro progenitor.
Lo mejor es acordar una hora durante la mañana. A esa hora será el progenitor que se va a hacer cargo de los pequeños quien acuda a buscarlos al domicilio del otro progenitor.
Consulta con Help Familia el reparto de vacaciones de hijos de padres separados
En Help Familia contamos con un equipo de abogados con experiencia en derecho de familia. Podemos ayudar a la pareja divorciada a establecer un acuerdo que les permita regular los periodos vacacionales de sus hijos.
Tenemos mucha experiencia en la redacción de convenios y sabemos que, en ocasiones, la situación puede provocar algunos desencuentros. Sin embargo, somos especialistas en allanar el camino y facilitar el consenso siempre con el interés de los menores en primer término.
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