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Parejas de hecho en Cataluña | Help Familia

Parejas de hecho en Cataluña. Requisitos y derechos

09/08/2023

El modelo de familia ha sufrido muchos cambios en las últimas décadas. Y la manera de formar parejas, también. Hace años, la mayoría de parejas apostaban por el matrimonio tradicional a la hora de convivir. Sin embargo, las cosas han cambiado mucho y hoy en día son muchas las personas que apuestan por convertirse en parejas de hecho en Cataluña.

El problema aparece cuando estas parejas que quieren dar un paso más en su relación desconocen la materia. No tienen claro qué requisitos son necesarios y de qué derechos se disfruta.

En Help Familia disponemos de un equipo de abogados especialistas en derecho de familia. Podemos asesoraros con los trámites y explicaros cuáles son las similitudes y diferencias con el matrimonio tradicional. Si necesitáis aclarar ciertas cuestiones relativas la situación de los hijos de la pareja, la posible pensión de viudedad o la relación con hacienda, contacta con nosotros.

Para empezar, con este artículo queremos ofrecerte una visión general de las parejas de hecho en Cataluña. Hablaremos de la documentación necesaria para presentar la solicitud y también de la situación ante determinadas cuestiones familiares, fiscales o económicas.

Definición de pareja de hecho en Cataluña

En el Registro de Parejas Estables de Catalunya pueden inscribirse todas aquellas parejas, del mismo sexo o de sexo contrario, que quieran formalizar su relación de convivencia y que no están unidas en matrimonio.

La unión se rige por el Código Civil Catalán y se conoce como pareja estable. Se trata de una unión de carácter voluntario y requiere el consentimiento de ambos miembros de la pareja.

¿Es lo mismo matrimonio y pareja de hecho?

Es fundamental aclarar que matrimonio y pareja de hecho no conllevan las mismas obligaciones y derechos. Partiendo de esa premisa, conviene saber que el matrimonio se rige por el Código Civil Español. Es decir, es el estado español el que pone las normas.

En cambio, las parejas de hecho están sujetas a la normativa que establece cada comunidad autónoma. Eso supone que existan diferencias entre uniones celebradas en diferentes regiones.

La buena noticia es que las parejas de hecho en Cataluña gozan de una legislación muy avanzada y, en muchos aspectos, tienen igualdad de derechos y obligaciones con el matrimonio tradicional. Si deciden unirse en pareja estable estarán cubiertas en cuestiones de herencias, pensiones o compensaciones económicas.

Requisitos para formar parejas de hecho en Cataluña

La legislación autonómica catalana ampara la unión de pareja estable y la considera como tal en los siguientes casos.

  • Cuando la convivencia dura ya más de dos años ininterrumpidos.
  • Si durante la convivencia, la pareja tiene un hijo en común.
  • Si la pareja formaliza la relación en escritura pública.

De igual forma no está permitida la unión en pareja de hecho o estable en los siguientes casos.

  • Personas menores de edad no emancipadas.
  • Miembros de la pareja relacionadas por parentesco de 1er o 2º grado.
  • Personas casadas y no separadas de hecho.
  • Personas que convivan en pareja con una tercera persona.

Derechos de las parejas de hecho en Cataluña

Como hemos apuntado anteriormente la legislación catalana equipara las parejas estables al matrimonio en muchas cuestiones. Sin embargo, en Help Familia recibimos muchas consultas relacionadas con distintos ámbitos. Aquí recogemos las cuestiones que generan más curiosidad.

Régimen económico

Los miembros de la pareja pueden acordar de manera libre si optan por un régimen económico en separación de bienes o gananciales. Si no abordan la cuestión, cada integrante mantiene su patrimonio y lo administra de forma personal.

Herencias

Las parejas de hecho en Cataluña tienen los mismos derechos respecto a las herencias que los matrimonios tradicionales. Si no existe testamento, los herederos legales son los hijos con derecho a usufructo por parte de la pareja. En el caso de que no existan hijos en común, el heredero es el miembro de la pareja que sobrevive.

Cuando sí se redacta testamento, el heredero habitual suele ser el miembro de la pareja que sobrevive. Si no es así, siempre tendrá derecho a la cuota hereditaria mínima.

Guardia y custodia de los hijos

En todo lo referente al cuidado de los hijos, las parejas de hecho en Catalunya tienen la misma situación que las parejas casadas. Lo más habitual, cuando una pareja de hecho se disuelve, es recurrir a la custodia compartida. Los deberes sobre el cuidado de los menores se mantienen y es aconsejable redactar un plan de parentalidad que fije las normas.

Pensión alimenticia

En el caso de que la pareja se extinga en vida de los convivientes, cualquiera de ellos puede reclamar una pensión para su sustento. Es posible cuando la convivencia ha mermado las posibilidades de obtener ingresos de uno de los miembros de la pareja. También se puede reclamar cuando uno de los integrantes de la pareja deba hacerse cargo de la guarda de los hijos comunes.

Declaración de la renta

La fiscalidad del ámbito de la declaración de la renta corresponde al estado español. De acuerdo con la normativa, solo un miembro de la pareja podrá acogerse a tributación conjunta formando unidad familiar con los hijos. El otro integrante de la pareja deberá presentar una declaración individual.

Compensación económica por razón de trabajo

La fiscalidad del ámbito de la declaración de la renta corresponde al estado español. De acuerdo con la normativa, solo un miembro de la pareja podrá acogerse a tributación conjunta formando unidad familiar con los hijos. El otro integrante de la pareja deberá presentar una declaración individual.

Residencia para extranjeros

Cuando uno de los miembros de la pareja de hecho es ciudadano de la UE, el otro integrante, extranjero no europeo, gana el derecho a residir y trabajar de manera regular en España. Para ello se debe solicitar la tarjeta de familia comunitaria ante la Oficina de Extranjería de la provincia donde residan o en la comisaría de policía que les corresponda.

Pensión de viudedad

Cuando uno de los 2 miembros de la pareja de hecho fallece, al superviviente se le atribuye el derecho a pensión de viudedad. Eso sí, es preciso demostrar un mínimo de 5 años de convivencia y llevar al menos 2 inscritos en el registro. Además, es imprescindible demostrar la dependencia económica.

Help Familia te asesora en el trámite para formar pareja de hecho

Estos son, a grandes rasgos, los aspectos que generan más dudas en aquellas personas que se plantean inscribirse como pareja de hecho en Cataluña. De todas formas, siempre es aconsejable una atención más personaliza para aclarar todas las cuestiones.

Por esa razón te recomendamos que contactes con Help Familia y podamos asesorarte durante todo el proceso. Nuestros profesionales dominan el lenguaje administrativo y controlan los plazos de respuesta de la administración.

Puedes acercarte a nuestras oficinas situadas en el centro de Lleida. Estamos ubicados en la Rambla de Ferran, 45, muy cerca de la estación de Renfe. Además, también ofrecemos un servicio de videollamada que resulta muy cómodo para facilitar el contacto.